Mtra. Alba Patricia Rodríguez Chamorro[1]

En los últimos meses, el tema de Finanzas sostenibles ha ganado espacio en los foros de discusión de diversos participantes. A través de este artículo, iremos explorando el impacto de las Finanzas sostenibles en la regulación del sistema financiero,  la influencia que puede llegar a tener en la prestación de servicios financieros digitales enfocados en la sostenibilidad.

Cambio climático y el Acuerdo de Paris[2]

Empecemos por señalar que el cambio climático es la “variación global del clima de la Tierra debido a causas naturales y a la acción directa o indirecta del hombre alterando la atmósfera y la variabilidad natural del clima observado durante períodos de tiempo comparables”[3]. Esta variación de temperatura está ocasionando diversos efectos en el planeta tales como incendios forestales, derretimiento de las zonas glaciares, escasez extrema de agua, procesos de desertificación, etc.

Como una de las acciones para mitigar estos efectos, en 2015 se celebró el Acuerdo de París en la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. Su objetivo es limitar el aumento de la temperatura global por debajo de los 1.5°C. México ratificó el Acuerdo de París como tratado internacional en 2016.[4] En el Acuerdo de París, las Naciones se comprometieron a (a) mantener el incremento en la temperatura promedio del planeta muy por debajo de 2°C respecto a niveles preindustriales, (b) aumentar la habilidad para adaptarse a los efectos adversos del cambio climático y mejorar la resiliencia y (c) lograr que la movilización de recursos sea consistente con una ruta de desarrollo de bajas emisiones y resiliente al clima.[5]

Cambio climático y el Sistema financiero

La vulnerabilidad al riesgo climático se convierte en un riesgo para el sistema financiero, entendida como la incapacidad de un sistema para afrontar los efectos adversos del cambio climático, la variabilidad climática y los fenómenos extremos.[6]

En este sentido, los riesgos físicos están relacionados con los impactos físicos del cambio climático, ya sea agudos (impulsados por fenómenos meteorológicos extremos) o crónicos (cambios lentos y de largo plazo en los patrones climáticos). Los riesgos de transición, por su parte, se refieren a los cambios políticos, legales, tecnológicos y reputacionales derivados de la transición hacia una economía con bajas emisiones de carbono y resiliente al clima.

Ambos tipos de riesgos impactan al sector económico y, por tanto, al financiero. A diferencia de los riesgos tradicionales como el de crédito, liquidez, operativo, etc. el riesgo climático se caracteriza por una profunda incertidumbre y no linealidad. Por ello es necesario incluirlo en los procedimientos y sistema de administración de riesgos para mitigar y gestionar riesgos financieros y no financieros.[7]

El Financiamiento sostenible

Para poder cumplir con los objetivos del Acuerdo de París, se requiere alinear el financiamiento público y privado a las metas de cambio climático y desarrollo sostenible, así como canalizar recursos financieros a inversiones sostenibles.

Actualmente, los reguladores financieros de diversas jurisdicciones se encuentran trabajando en el diseño de marcos regulatorios que promuevan la movilización de recursos hacía la mitigación y adaptación al cambio climático, y para integrar, divulgar y gestionar los riesgos y oportunidades asociados al cambio climático.

Inclusión financiera digital

Es importante destacar que las poblaciones excluidas financieramente tienen menos mecanismos a su disposición para hacer frente a los efectos del riesgo climático, y su exposición se suma a las vulnerabilidades existentes. La inclusión financiera puede ayudar a las poblaciones vulnerables a ser más resistentes a los impactos económicos ocasionados por el riesgo climático y la digitalización puede desempeñar un papel clave en la remodelación del sistema financiero mundial, al redirigir las finanzas hacia un camino de desarrollo inclusivo con bajas emisiones de carbono.

Por ejemplo, las plataformas de pagos (dinero móvil o electrónico) aprovechan el poder de la automatización digital, disminuyendo sus costos de operación y superando, en varios casos, las barreras de acceso geográfico, especialmente aquellas plataformas que utilizan la alta penetración de la telefonía móvil. En muchos casos, cuentan con una red de puntos de acceso más amplia que la de los prestadores de servicios financieros tradicionales.

El dinero móvil se ha convertido en un facilitador importante de la inclusión financiera en África subsahariana, especialmente para las mujeres.[8] Además, pueden ser la primera línea de defensa contra desastres naturales para las poblaciones más vulnerables, especialmente en las economías en vías de desarrollo. Por ejemplo, ante la llegada de un huracán en poblaciones de difícil acceso geográfico, el contar con proveedores de dinero móvil permitiría que las personas afectadas puedan recibir y hacer los pagos necesarios para poder cubrir sus necesidades, sin depender de las sucursales bancarias o los medios financieros tradicionales de pago.

La incorporación en las Estrategias Nacionales de Inclusión Financiera, de los servicios financieros digitales, además de ampliar el acceso a los servicios financieros, constituyen una poderosa herramienta para ayudar a la población más vulnerable a adaptarse y mitigar los efectos del cambio climático.

 

 

[1] Graduate Researcher en el LegalTec Lab. Estudiante del Doctorado en Política Pública, Escuela de Gobierno y Transformación Pública, Tecnológico de Monterrey.

[2] Global Green Growth Institute. Webinario introductorio al cambio climático y su relación con el sistema financiero. Junio 2021

[3] Lindsey, R. & Dahlman, L. (March 15, 2021). Climate Change Global Temperature. NOAA. Recuperado de: https://www.climate.gov/news-features/understanding-climate/climate-change-global-temperature

[4] DOF 17 septiembre 2016. “Decreto por el que se aprueba el Acuerdo de París”, adoptado en la Ciudad de París, Francia, el 12 de diciembre de 2015 y DOF 4 noviembre 2016. “Decreto Promulgatorio del Acuerdo de París”, hecho en París el 12 de diciembre de 2015.

[5] SEMARNAT. (7 de marzo de 2018). Implementación del Acuerdo de Paris. México. Recuperado de: https://www.senado.gob.mx/comisiones/relext/eventos/docs/presentacion_070318-4.pdf

[6] INECC. (13 de noviembre de 2016). “Vulnerabilidad al cambio climático”. México. Recuperado de: https://www.gob.mx/inecc/acciones-y-programas/vulnerabilidad-al-cambio-climatico-80125#:~:text=Para%20el%20Grupo%20Intergubernamental%20de,clima%20y%20los%20fen%C3%B3menos%20extremos

[7] Montojo, I., Cantillo, O. & Granado, S. (16 de diciembre de 2020). “Los factores ASG (2): Cómo pueden beneficiarse los mercados emergentes”. BID. Recuperado de: https://idbinvest.org/es/blog/impacto-en-el-desarrollo/los-factores-asg-2-como-pueden-beneficiarse-los-mercados-emergentes

[8] WBG. (2021). Global Findex. Recuperado de: https://globalfindex.worldbank.org/